viernes, 14 de diciembre de 2012

SEGURIDAD AEROVIAJERA: A PROPÓSITO DE LA MUERTE DE JENNI RIVERA Y PARTE DE SU STAFF/ Pilar Pujols Penn

 Impactada, conmovida, apenada, impotente, frustrada , enojada, me he sentido, igual que el resto del mundo, ante la inesperada e inexplicable tragedia -en la cúspide de su trayectoria- de la cantautora grupera mexico-estadounidense, la polifacética, Jenni Rivera (Dolores Janney Rivera Saavedra), parte de su staff , y dos tripulantes, en Iturbide, Nuevo León, México, el domingo 9 de diciembre (2012) en vuelo privado, en el  fatal Learjet 25 , Matrícula N325MC, para 8 pasajeros.
Sentidas condolencias a sus parientes. Paz al espíritu de Jenni, su publirelacionista Arturo Rivera Ruíz,  su maquillista, Jacob Llenares,  su abogado,Mario Macías, una persona identificada como Gerardo N.(tal vez su peluquero y estilista, pues se menciona como tal, a ´Jorge´ (quizás sea el mismo) y los pilotos Miguel Pérez Soto y Alejandro Torres Álvarez. De los últimos, se cuestiona por un lado, al primero, edad avanzada (78) y licencia restringida, con prohibición de transportar  personas , por el otro,al segundo, muy joven (20 ó 22), recién graduado;además, se afirma que se encontraban agotados físicamente por haber realizado otros servicios  en las horas previas inmediatas. En otras informaciones acerca del siniestro, sale a relucir el año de fabricación de la aeronave (1969), misma edad (43) de la artista, la hora, (madrugada) y el lugar de difícil acceso...¿ Por qué  los derechos y deberes del aeroviajero no son del conocimiento público, a la mano? y se aplican? Antes y después de abordar, o de modo particular o de modo comercial ,siempre se piensa en el riesgo, sin embargo, se pretende confiar tanto en la pericia y condición óptima de quienes al mando, como en el sistema mismo, a sabiendas de que no todo está dicho y aclarado. Solo hay que ver el caso que nos ocupa, en el cual no hubo transparencia. Las reglas, y entre éstas las evaluaciones generales y específicas  tienen que ser estrictas y permanentes, para todo tipo de vuelo. Fallo humano o mecánico, uno u otro, o ambos pueden ocurrir eventualmente,pero hay que evitar en lo posible, su ocurrencia, más aún si  el daño es irreparable, el saldo: vidas, carreras profesionales y técnicas  truncas, secuelas en las familias afectadas, desaparición de labores destacadas y por tanto, importantes para la sociedad. Es deber de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) o International Civil Aviation Organization (ICAO) y de las Juntas de Aeronáutica Civil de los países, velar porque se cumplan las leyes correspondientes y toda clase de medidas de seguridad, y haya difusión masiva de éstas entre los viajeros.